En las últimas horas, se dio a conocer una sentencia dictaminada por el Juzgado en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo Federal de La Plata N°4 contra la Municipalidad de La Plata, la Provincia de Buenos Aires y la empresa de Aguas Bonaerenses SA (ABSA). La misma tiene que ver con la contaminación de las aguas de el Arroyo El Gato. Tras la sentencia, la Justicia Federal les ordenó tomar acciones concretas para dejar de contaminar el Arroyo e instalar barreras flotantes de contención y extracción con el fin de facilitar el retiro de los residuos sólidos del curso hídrico.
Además, se le solicitó a las jurisdicciones afectadas por la contaminación que realicen un relevamiento de toda la extensión de los arroyos y cuenca del Río de la Plata, limitada a las aguas de La Plata, Berisso y Ensenada. Esto es con el fin de identificar los puntos exactos donde se produce el vertido de las sustancias contaminantes.
Al dictamen se llegó tras un tiempo de investigación y varias denuncias recibidas por distintos grupos de vecinos. Uno de los grupos vecinales de Ensenada, fue representado por la Clínica Jurídica de Derecho Ambiental de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional de La Plata (UNLP). La demanda presentada en este caso tiene como objetivo principal la prevención, el cese y la recomposición del daño ambiental generado en el Sistema Ecológico, integrado por el Río de la Plata, el Río Santiago y el Arroyo El Gato.
Según lo presentado en la causa, la contaminación surge por los efluentes cloacales de la planta de ABSA ubicada en Ringuelet. A raíz de esto, el Gobierno bonaerense y ABSA deberán presentar un plan provisorio para evitar daños producidos por el líquido cloacal sin tratamiento.