(11-05-2021) El Gobierno Nacional envió el lunes por la noche al Senado un proyecto de Ley que establece parámetros claros para la implementación de restricciones. La iniciativa distribuye las facultades de tomar decisiones entre el Poder Ejecutivo, gobernadores y el jefe de Gobierno porteño. La norma propone “reglas generales para todo el país en las que se incluyen medidas de prevención, como uso obligatorio de barbijo, ventilación; y luego, la segmentación por riesgo epidemiológico.
El proyecto, que fue girado a las comisiones de Asuntos Constitucionales y Salud, reúne los criterios sostenidos en los Decretos de Necesidad y Urgencia firmados por el Poder Ejecutivo desde el inicio de la pandemia. El mismo, hace hincapié en las reuniones sociales, el teletrabajo y el dictado de clases presenciales, aunque cada restricción debe ser consensuada con autoridades provinciales.

El texto establece “un sistema muy equilibrado con una forma escalonada” para adoptar normas, de modo tal que “ante una situación muy grave, se toman medidas más gravosas por un tiempo pequeño, que se tienen que controlar y medir su eficacia para poder cuidar la vida y salud de nuestra gente”, explicó la Secretaria Legal y Técnica de la Presidencia, Vilma Ibarra.
Asimismo, se establece un sistema escalonado de acuerdo a la situación epidemiológica de cada región: en los “aglomerados, departamentos o partidos que se encuentren en situación de Alarma Epidemiológica y Sanitaria queda suspendido el dictado de clases presenciales en todos los niveles y en todas sus modalidades”. También en estas áreas se suspenden los centros comerciales y ferias, los locales gastronómicos entre las 19 y las 6, la práctica recreativa de deportes grupales de contacto en espacios al aire libre; los gimnasios y la circulación entre las 20 y las 6.
Para definir si un distrito se incluye en la categoría de Alarma Epidemiológica y Sanitaria, el proyecto define que “que el número de casos confirmados acumulados de los últimos catorce días por 100 mil habitantes sea igual o superior a 500 y el porcentaje de ocupación de camas de terapia intensiva sea mayor al 80%”.
El Gobierno prevé un tratamiento urgente de la Ley, ya que pretende la entrada en vigencia desde el 22 de mayo, fecha de caducidad del actual DNU. Además, se espera que su duración alcance hasta el 31 de diciembre de 2021, cuando vence la actual Ley de Emergencia Sanitaria.