(21-05-2021) La ciudad de La Plata, considerada en Alerta Epidemiológica, deberá acoplarse a las medidas decretadas por el Presidente Alberto Fernández. Las restricciones entrarán en vigencia a las 00h del sábado 22 hasta el día 30 de mayo. ¿Qué se podrá hacer y qué no en la capital provincial?
Entre las actividades permitidas para los próximos 9 días, se contemplan:
- La habilitación de comercios esenciales, aquellos con envío a domicilio y para llevar.
- Se podrá circular hasta las 18 horas en la ciudad, horario tope para regresar al hogar
- Utilización del transporte público con el debido permiso y reservado para todos aquellos considerados esenciales por la actividad que desarrollen.
- Se podrán realizar actividades de esparcimiento en espacios públicos al aire libre de cercanía en el horario autorizado para circular.
Por otra parte, lo que no se podrá hacer en la ciudad es:
- Circular después de las 18h, con excepciones para las personas consideradas esenciales.
- Entre las 6 de la mañana y las 18 horas, sólo se podrá circular en las cercanías del domicilio o por razones especialmente autorizadas.
- Suspensión de actividades presenciales económicas; industriales; comerciales; de servicios; culturales; deportivas, salvo las oficiales; religiosas; educativas; recreativas y sociales, salvo las excepciones especialmente previstas para personal esencial. Cuando sea posible, se realizará teletrabajo.
- No se podrá transitar afuera del partido, departamento o jurisdicción de residencia, salvo para realizar las actividades esenciales.