El lunes 6 de diciembre, el Concejo Deliberante votará una nueva regulación para las escuelas y academias de conductores de la ciudad. Según se pudo saber, este proyecto se viene debatiendo desde hace meses y está semana tuvo despacho por unanimidad. Las regulaciones no serán de cumplimiento inmediato, informaron que se les dará un tiempo para que adopten las nuevas reglamentaciones.
Según informaron, los locales donde funcionen las Escuelas de Conductores deberán estar ubicados en la ciudad. Además, deberán estar habilitados como Instituto de Enseñanza, Instituto Técnico o Academia por el área competente.
Por otro lado, informaron que deberán cumplir ciertos requisitos, entre ellos deberán presentar constancia de pagos de cargas previsionales e impositivas exigidas para la actividad.
También tendrán que contar con póliza de seguro vigente, especificando datos del auto, responsabilidad civil transportados y no transportados, que establezca el uso de coche escuela contemplando los eventuales daños emergentes de la enseñanza.
Respecto a los instructores, informaron que, entre otras cosas, deberán poseer matrícula provincial habilitante como instructor, ser mayor de 21 años y poseer título secundario. También deberá tener una constancia de aptitud psicofísica. La misma deberá poseer una renovación anual.
PROHIBICIONES Y SANCIONES:
Estará prohibido para las Escuelas de Conductores, instructores y alumnos: -Prometer o asegurar la obtención de la licencia de conducir. -Contar con personal, socios o directivos vinculados con la autoridad encargada de expedir las licencias.
-La reproducción de equipos de audio: activar equipos de audio y/o reproducción de sonido durante el servicio de instrucción. -La utilización de sistemas de comunicación: teléfonos celulares, auriculares y/o sistemas de comunicación de operación manual en cualquiera de sus formas verbales, orales o escritas, durante el servicio de instrucción.
La autoridad municipal encargada de administrar los dominios habilitantes podrá apercibir o suspender provisoriamente a los propietarios o a los instructores, e inhabilitar los vehículos de las Escuelas hasta que una nueva Verificación Técnica determine su aptitud, cuando existan dudas, o en caso de incumplimiento a cualesquiera de las exigencias establecidas en la presente ordenanza.













