Este miércoles 15 de junio, el Gobierno nacional habilitó el regreso de cines, teatros y salas de espectáculos en centros culturales. Así lo anunciaron a través de la decisión administrativa 607 publicada en el Boletín Oficial. Según lo publicado, la vuelta de los espectáculos incluye aquellos con y sin asistencia de espectadores.
“En las salas de teatros y de espectáculos se permite un 50% de aforo, sin expendio de bebidas y comidas” así lo establece la norma. En la misma línea, detallan que “en los cines se permite un 30% de aforo, con expendio de golosinas y bebidas, el que podrá ser aumentado conforme la situación epidemiológica y de conformidad con los protocolos vigentes”.
Aquellos que decidan desarrollar este tipo de actividades, deberán portar el Certificado Único Habilitante para Circulación. Asimismo, el público asistente deberá “acreditar su condición de tal con los tickets de acceso al espectáculo, que deberán especificar la sala a la que se asistió, el título de la obra o concierto y artista, el horario de la función y el número de la butaca que ocupó”.
Por último, en el comunicado oficial detallan que: “se garantiza además que las actividades en salas teatrales y de espectáculos como la de las de cine continúan aplicando los protocolos consensuados y aprobados entre todos los sectores involucrados para un desarrollo cuidado y seguro tanto para los trabajadores y trabajadoras como para los espectadores”.