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Oficializan los cambios en el monotributo

Desde AFIP comunicaron que oficializan la recategorización y la ampliación de la fecha de pago. Esta medida busca que los contribuyentes cumplan con el pago correspondiente al mes de agosto.

19 julio, 2021
En: NACIONALES
Oficializan los cambios en el monotributo
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Este lunes 19 de julio, desde la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunciaron los cambios en el monotributo. De esta manera, quedó establecida una nueva recategorización y la ampliación de la fecha de pago.

Con esta medida, la AFIP busca que el contribuyente pueda recategorizarse dentro valores de las escalas estipuladas en la nueva ley de alivio fiscal. En la misma línea, se dispone que la recategorización estará habilitada desde el 28 de julio al 17 de agosto.

La recategorización del monotributo estará habilitada del 28 de julio al 17 de agosto.

Informate más en https://t.co/CGJ36mBr62 pic.twitter.com/6AbVuKsrXT

— AFIPComunica (@AFIPcomunica) July 19, 2021

Por otro lado, la ley eliminó el retroactivo. Para aclarar, los monotributistas no deberán pagar ninguna deuda acumulada. En la resolución 5028/2021 publicada en el Boletín Oficial queda especificado que:

Resolución 5028/2021:

  • ARTÍCULO 1°.- La recategorización correspondiente al semestre enero/junio de 2021 podrá efectuarse a partir del 28 de julio de 2021 y hasta el 17 de agosto de 2021, ambas fechas inclusive. Dicha recategorización tendrá efectos para el período comprendido entre el 1 de agosto de 2021 y el 31 de enero de 2022.
  • ARTÍCULO 2°.– La obligación de pago mensual -impuesto integrado y cotizaciones previsionales- de los pequeños contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) correspondiente al período devengado agosto de 2021, se podrá efectuar hasta el día 27 de agosto de 2021, inclusive. “Asimismo, de tratarse de sujetos que abonen sus obligaciones a través del débito directo en cuenta bancaria o débito automático mediante la utilización de tarjeta de crédito, el referido débito se efectuará el día 27 de agosto de 2021, a efectos de posibilitar el pago por los importes correspondientes”, indica la Resolución General 5028/2021.
  • ARTÍCULO 3º.– Las disposiciones de esta resolución general entrarán en vigencia a partir del día de su dictado. De acuerdo con el organismo, la decisión permitirá garantizar que “las y los pequeños contribuyentes puedan realizar la recategorización con los valores de las escalas estipuladas en la nueva ley de alivio fiscal para pequeños contribuyentes”.
Tags: AFIPMonotributoRecategorización
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