Este lunes 14 de junio, la titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Mercedes Marcó del Pont firmó la reglamentación de la ley 27.617. Esta eleva el piso del pago de Ganancias para la cuarta categoría a un mínimo de $150.000. Además se incorporó la deducción por pareja conviviente, antes reconocida solo para cónyuges.
Los salarios de hasta $150 mil brutos dejan de pagar Ganancias. El beneficio alcanza a más de 1,2 millones de trabajadores y trabajadoras. Lo retenido entre enero y mayo será devuelto en 5 cuotas a partir de julio y no se computa el medio aguinaldo para el cálculo del impuesto. pic.twitter.com/zU5RqxyekT
— AFIPComunica (@AFIPcomunica) June 14, 2021
Más de 1.200.000 trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia cobrarán en cinco cuotas consecutivas, la devolución retroactiva de lo descontado desde enero por el pago del Impuesto a las Ganancias. “La reglamentación de la modificación del Impuesto traerá alivio con los salarios de junio y también alcanzará al aguinaldo”, expresó Marcó del Pont.
“Todos los que ganen hasta $ 150.000 no van a tener retención y los que están entre $150.000 y $173.000 verán una reducción en la carga tributaria”, confirmó la titular de AFIP. Esta normativa también instrumenta las modificaciones introducidas por la ley 27.617 con relación a la eliminación del tope de edad para la deducción del Impuesto a las Ganancias correspondiente a los hijos y las hijas con discapacidad.
Acerca del personal de salud, aseguró que se exime al personal de salud de pagar el impuesto por horas extras o guardias hasta septiembre. Por último mencionó el caso de las jubilaciones y explicó que solo tributarán el gravamen quienes ganen por encima de ocho haberes mínimos.