(15-06-2021) Se realizó el primer juicio penal por difundir imágenes y vídeos íntimos sin consentimiento que condenó a 5 años de prisión, Patricio Pioli, en La Rioja. El tatuador, fue denunciado por su ex pareja por violencia de género, y amenazas de difusión de material íntimo luego de finalizar su relación en 2016.
“Lo que pasa con esta sentencia es que la violencia de género no pasa solamente con lo físico o psicológico, sino también por lo tecnológico; nuestro cuerpo pasa a ser objeto también de la exposición de imágenes contra nuestra voluntad”, sostuvo Mariana Barbitta, Abogada penalista Presidenta de la Asociación de Mujeres Penalistas de Argentina (AMPA), en comunicación con Radio Estación Sur.

La Letrada remarcó que el término utilizado por los medios de comunicación “porno venganza”, no está reflejado en el Código Penal (CP) y, entiende que “es equivocado porque podría poner en riesgo a la víctima”. Sin embargo, está contemplado desde el 2013 el “grooming” como figura que penaliza el ciberacoso por parte de una persona adulta. Esta figura, fue incorporada en anteproyectos del Código Penal donde “puntualmente se tipifican las acciones de difundir, revelar o enviar imágenes con naturaleza sexual en contra del consentimiento de la víctima”.
Señaló que la sentencia de La Rioja “tipifica dos delitos: lesiones leves y coacción”. Estas figuras sí están contempladas por el CP, y tuvieron que ser trasladadas a este contexto. “Hoy, en el siglo XXI, hay cuestiones y conductas que el CP de 1921 no las pensaba. Por ejemplo el “sexting”, que si bien no tiene tipificación, hay legislaciones provinciales en Catamarca, La Rioja, Chaco y Salta, que a pesar de ser provincias bastante patriarcales y machistas, vienen advirtiendo en el ámbito escolar y concientizando a las personas para que no ocurra”, informó.
“En el Código Penal está registrado cuando no hay consentimiento en enviar o difundir imágenes íntimas, si bien no hay Ley Nacional en contra del sexting, hay legislaturas provinciales”, remarcó la abogada penalista. Asimismo, indicó: “La idea de pensar en un nuevo código penal actual desde la perspectiva de las mujeres, hacen que los proyectos avancen”.
#AHORA | Se realizo el primer juicio por difundir imágenes y vídeos íntimos sin consentimiento
Estamos en comunicación 📞con @MarianaBarbitt4, abogada penalista Presidenta de AMPA: Asociación de Mujeres Penalistas de Argentina pic.twitter.com/VuUvgEILKG— Radio Estación Sur (@EstacionSur917) June 15, 2021
Sin embargo, aclaró que hay “que tener cuidado con el derecho penal porque muchas veces se cree que con una figura en el Código Penal se resuelve el patriarcado, el femicidio, el sexting… esto hay que construirlo desde la prevención, pero hay un contexto patriarcal que se debe romper”.
Y refirió a la reciente condena de Patricio Pioli: “El tatuador claramente se creyó dueño del cuerpo de la víctima. Hay que romper esos estereotipos para que la modificación del Código Penal funcione”. “En la medida que no se rompa la división desde lo social, el derecho penal no va ayudar”, concluyó.
Si fuiste víctima de un posible delito informático, no borres, destruyas, o modifiques la información que tenés en tu computadora, equipo móvil, celular, etc, relacionada al hecho. Recordá que mantener la evidencia sin alteraciones es importante a los fines de cualquier acción judicial que pudiera iniciarse.
Hacé la denuncia ante la dependencia policial más cercana a su domicilio (comisaría de tu barrio en cualquier lugar del país) o al fiscal en cibercrimen de la Procuración General de la Nación, Dr. Horacio Azzolin, cibercrimen@mpf.gov.ar, teléfono de contacto, 6089-9000, interno N° 9266.