El Concejo Deliberante de Berisso aprobó la Ordenanza enviada por el Ejecutivo, que prohíbe el uso de caños de escape libres, modificados o que produzcan explosiones. La norma ya se encuentra en viigencia y prevé sanciones para los infractores. Asimismo se prohíbe la venta o reventa de escapes no homologados.
Según la normativa, “se prohíbe la circulación en la vía pública de automóviles, moto vehículos y cuatriciclos que tengan incorporados escapes libres, modificados los de fábrica o posean cualquier dispositivo que provoque explosiones o los denominados cortes.
La Ordenanza ya fue promulgada y se encuentra en vigencia. Permite aplicar sanciones a los infractores con la demora del vehículo, a los efectos de la retención y sustracción de los elementos que fueron declarados prohibidos para su uso.
Del mismo modo se aclara que para la restitución del vehículo a su titular, el mismo deberá pagar la multa tipificada en Ordenanzas y leyes vigentes, debiendo instalar al vehículo el caño de escape reglamentario y homologado al momento de su entrega.
La Ordenanza faculta al Juzgado Administrativo de Faltas de Berisso a retener y posteriormente ordenar al Departamento Ejecutivo Municipal la destrucción de los caños de escapes secuestrados a los efectos de sacar de circulación los mismos.
Se establece también que queda prohibida la venta o reventa de caños de escapes no homologados, no originales de fábrica que correspondan al vehículo, moto vehículo o cuatriciclo que se quieran incorporar al mismo. De no cumplir con esta reglamentación, el Departamento Ejecutivo podrá proceder a la sanción correspondiente de dicho local de ventas o taller mecánico, con la intervención de la Dirección Seguridad Vial y Ciudadana para su verificación y de Control Urbano para la aplicación de la misma.