Por Darío Nicolás Becchetti (*)
La iniciativa fue aprobada el jueves con 134 votos afirmativos y recupera un aspecto que distinguió a la ley de servicios de comunicación audiovisual de 2009: es el resultado de foros, debates y proyectos que venían siendo presentados al congreso.
Para pensar en lo necesaria que era esta ley, se puede observar la reacción que encarnó en algunos medios mainstream: la acusación de que era una excusa para que el Ejecutivo condicionara la pauta publicitaria. No solamente la ley no dice eso, sino que por el contrario, al revisar que medios reciben más pauta estatal, el rasgo característico es que se trata de los más virulentamente opositores.
Por el contrario, esta ley propone incentivos para aquellos medios que demuestren avances en equidad de género.
La idea es promover la “equidad en la representación de los géneros desde una perspectiva de la diversidad sexual” y para eso contempla un cupo para personas trans del 1%. Esto es muy importante porque allí donde no regula el Estado termina imperando la ley de la selva. Así es como la comunidad trans de nuestro país tiene una esperanza de vida de 35 años. Que el Estado incentive la generación de puestos laborales para este colectivo es fundamental.
La normativa establece un régimen de cumplimiento obligatorio para los medios de gestión pública e incentivos para que el sector privado adhiera, a través del otorgamiento de “un certificado de equidad”, que además trae beneficios en el acceso a la pauta.
Para acceder a este certificado de equidad habrá que cumplir al menos 4 de estos puntos:
- a) Procesos de selección de personal basados en el respeto del principio de equidad en la representación de los géneros;
- b) Políticas de inclusión laboral con perspectiva de género y de diversidad sexual;
- c) Implementación de capacitaciones permanentes en temáticas de género y de comunicación igualitaria y no discriminatoria, de conformidad con la normativa vigente en la materia;
- d) Acciones para apoyar la distribución equitativa de las tareas de cuidado de las personas trabajadoras;
- e) Disposición de salas de lactancia y/o de centros de cuidado infantil;
- f) Promoción del uso de lenguaje inclusivo en cuanto al género en la producción y difusión de contenidos de comunicación; y
- g) Protocolo para la prevención de la violencia laboral y de género.
Seguramente el camino de aplicación de esta ley no será sencillo. Tampoco hay que descartar algún intento de judicializar la medida, como suele suceder cuando una ley disgusta en algunos sectores de poder concentrado. Más allá de eso, que el Estado intervenga para reducir brechas y desigualdades siempre es una buena noticia.
(*) Licenciado en Comunicación Social; periodista