La Corte Internacional de Justicia de las Naciones Unidas (ONU) ratificó que el derecho a huelga está protegido por el Convenio 87 sobre Libertad Sindical de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
La resolución, que va en contramano de la reforma laboral de Milei que restringe la posibilidad de huelga, busca consolidar años de antecedentes de organismos internacionales y refuerza uno de los derechos centrales de los trabajadores a nivel global.
El pronunciamiento responde a una consulta formal realizada por la propia OIT en medio de una larga disputa entre representantes sindicales y empresariales sobre la interpretación del Convenio 87: si reconocía explícitamente ese derecho.
El fallo tiene un fuerte peso político y jurídico porque consolida, al máximo nivel del derecho internacional, el reconocimiento del derecho a huelga. Aunque la opinión consultiva no tiene el mismo carácter obligatorio que una sentencia entre Estados, sí fija un criterio interpretativo internacional.









