El Ministerio de Trabajo anunció el plazo para la inscripción al Programa de Reactivación Productiva II (Repro II), y extendió el Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadoras y Trabajadores Independientes en sectores críticos, a través de la Resolución 643/2021 publicada en el Boletín Oficial.
La normativa estableció que el plazo para la inscripción en ambos programas será desde el 25 al 31 de octubre próximos.
Además, se determinaron los criterios a considerar para la preselección, respecto de las fechas de facturación y nómina de las empresas que quieran acceder al beneficio del Repro II.
Según el artículo 3º de la norma, las pautas para aplicar en los criterios de preselección serán:
- Meses seleccionados para el cálculo de la variación interanual de la facturación requerida por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP): Septiembre de 2019 y Septiembre de 2021.
- Altas empresas: No se deberá considerar la facturación para las empresas iniciadas a partir del 1º de enero de 2019.
- Mes seleccionado para determinar la nómina de personal y los salarios de referencia: Septiembre 2021.
- Corte de actualización de bajas de nómina: 23 de Octubre inclusive.
- Corte de actualización CBU: 23 de Octubre inclusive.
Con respecto al Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadores y Trabajadoras Independientes en Sectores Críticos, las pautas para aplicar son las siguientes:
- Presentar una reducción de la facturación superior al 20%)en términos reales, para el periodo comprendido entre Septiembre 2021 y Septiembre 2019.
- Periodo de referencia de pagos a acreditar:
-Autónomos: de 02/2021 hasta 08/2021
-Monotributo: de 3/2021 hasta 9/2021
- Corte de pago Monotributistas: Pagos hasta el 23 de Octubre inclusive.
El REPRO II, es una herramienta creada por el Gobierno Nacional para sostener el empleo en sectores con dificultades económicas. La asistencia a las empresas adheridas al programa consiste en el pago de una suma mensual a los trabajadores y trabajadoras a cuenta de sus correspondientes remuneraciones.
Desde el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social notificarán a las empleadoras y los empleadores ,las novedades respecto a su incorporación al Programa a través de una ventanilla electrónica del sitio web de la AFIP.













