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Home Exclusivo estacionsur.ar

Violación conyugal: condenaron a 15 años a Eduardo Videla

Así lo resolvió el TOC 1 de La Plata sentando jurisprudencia sobre estos delitos dentro del sistema judicial. Además, ordenó que se investigue un aborto que tuvo la víctima para extender la condena.

4 julio, 2022
En: Exclusivo estacionsur.ar, JUSTICIA
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Hace instantes el Tribunal Oral Nº 1 de La Plata sentenció con la pena máxima de 15 años a Eduardo Martín Videla, por “abuso sexual agravado con acceso carnal” por un período de 11 años sobre su pareja Paula. En 2018, la víctima huyó de su casa con sus hijes en busca de acompañamiento para denunciar y ser libre.

“Es un fallo muy importante porque contribuye o aporta a la construcción de estándares de la prueba del delito sexual poniendo la voz de la víctima en un lugar de relevancia la probar este tipo de delitos”, indicó Marina Font, abogada de Paula, en diálogo con Estación Sur Digital. 

“Creemos que es la materialización en la justicia de la consigna `yo si te creo´ a pesar de que el resto las pruebas presentadas en el juicio fueron contundentes”, señaló la magistrada remarcando que se “puso en el centro la idea de que la palabra de la víctima es fundamental, de que el consentimiento aunque sea tu pareja para que tener relaciones sexuales es fundamental y sino es delito”.

A su vez, explicó que el Juez mandó a “abrir una nueva causa por la posibilidad de comisión del delito de aborto en el marco de estos abusos sistemáticos, lo que se va a investigar en el fuero penal”.

“Aunque sea tu marido es violación si no es consentido“, es la consigna que acompañó esta lucha por la condena que, cabe destacar, ha sentado un precedente judicial. Es una disputa cultural y judicial que busca advertir a un montón de mujeres y disidencias que a pesar de estar en pareja tienen poder de decisión sobre su cuerpo por lo que no deben ser obligadas a mantener relaciones sexuales sin deseo.

“Nos encontramos, en este caso, con un fallo que consideramos ejemplar por la pena máxima y valoración de las pruebas, pero claramente no es algo que suceda habitualmente en los tribunales de nuestro país”, manifestó Font.

A su vez, aseguró: “Estamos muy emocionadas por haber logrado este fallo que contribuye a generar estos estándares por los que también las abogadas feministas venimos luchando, planteando y fomentando para la adecuada introducción de la perspectiva de género en el Poder Judicial que no es ni más ni menos que respetar los tratados internacionales de DDHH con los que el Estado se ha comprometido”.

Tags: eduardo videla condenadojurisprudenciaNo es nono nos callamos masreforma judicial transfeministraviolación conyugal
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